- Trabajo Infantil: trabajaban niños desde los 5 años con largas jornadas laborales y en condiciones insalubres.
- Duración de la jornada: De 84 a 133 horas semanales
- Salario: Muy reducido, no existía el SMI.
- Vacaciones: No habían
- Descansos: No habían
- Seguridad Social: No existía
- Seguridad e higiene: No existían normas al respecto
- Sindicatos: No habían
- Huelga: Era un delito
Los trabajadores hartos de sufrir abusos, se manifiestan y hacen huelgas enfrentándose a los empresarios. Para solucionar esta situación de conflicto, el Estado interviene elaborando normas que protegen a los trabajadores frente a los abusos de los empresarios. Estas normas son el Derecho Laboral.
En España la primera legislación laboral fue el Estatuto de los trabajadores 1980, desde entonces ha tenido muchas modificaciones y actualizaciones.
- Trabajo libre elección
- Libre sindicación
- Negociación colectiva
- Huelga
- Reunión
- Participación de la empresa
- Promocion y formacion profesional
- No ser descriminado
- Trabajar con seguridad e higiene
Deberes de los Trabajadores que son derechos para los empresarios:
- Trabajar con diligencia y buena fé
- Cumplir las medidas de seguridad e higiene
- Cumplir los ordenes del empresario
- Ayudar a mejorar la productividad
- Cumplir la acordado en el contrato
1. La Jornada:
En España esta establecida en 40 horas semanales en cómputo anual.
Tipos: -Partida: Trabajar mañana y tarde.
-Continuada: Trabajar 6 horas seguidas al menos.
2. Horas extraordinarias:
Son las que exceden de la jornada ordinaria. Se pagan al menos como la hora normal o se compensan por descansos retribuidos.
En los convenios colectivos se mejoran por encima del 100% las horas extras.
Los menores tienen prohibido por ley hacer horas extras.
El máximo a realizar es de 80 horas/año.
3. Trabajo nocturno:
Quien los realiza cobra el plus de nocturnidad y los menores no pueden trabajar. Se considera trabajo nocturno cuando almenos 3 horas se trabaja entre las 10 de la noche y 6 de la mañana.
4. Descansos:
-Anual: Vacaciones 30 dias naturales
-Semanal: Menores 2 dias / Mayores 1 dia y medio: Cada dos semanas 5 dias
-Diario: 12 horas
-Bocadillo: Mayores 15 minutos / Menores 30 minutos
Fiestas Laborales: al año hay 14 dias, 2 dias fiestas locales y de ellos 4 dias para toda España obligatorios que son:
-Dia hispanidad: 12 Octubre
-Dia del trabajo: 1 Mayo
-Navidad: 25 Diciembre
-Año nuevo: 1 Enero
5. Permisos retribuidos:
- Matrinomio - 15 dias.
- Traslado de domicilio - 1 dia.
- Enfermedad grave de familiar hasta 2º grado - 2 dias - Y si hay que desplazarse mas de 100 km - 4 dias.
- Tiempo indipensable para la preparacion al parto y examenes oficiales.
6. Salario: es la totalidad de las percepciones econocmias que recibe el trabajador por prestar sus servicios.
- Puede ser en dinero o especie (hasta el 30%).
Derecho sindical PARTE II.
2-Libertad Sindical.
- El derecho a fundar sindicatos sin autorización previa, así como el derecho a suspenderlos o a extinguirlos, por procedimientos democráticos.
- El derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección con la sola condición de observar los estatutos del mismo o a separarse del que estuviese afiliado, no pudiendo nadie ser obligado a afiliarse a un sindicato.
- El derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato.
- El derecho a la actividad sindical.
3-Las excepciones del derecho a sindicarse son:
- Jueces
- Fiscales
- Magistrado
- Miembros de las fuerzas armadas o demas miembros militares sometidos a disciplina militar.
Por lo general, allí donde los trabajadores están sindicados se transgreden menos los derechos de los trabajadores, las condiciones de trabajo son mejores y también las perspectivas de desarrollo futuro son mejores. A través de la negociación colectiva y de la participación en las instituciones del diálogo social, los sindicatos luchan para proteger y promover los intereses y derechos de los trabajadores que representan y, en la medida que permiten acceder a un gran número de trabajadores, desempeñan un papel importante en la movilización de las fuerzas sociales, tanto en el país como a escala regional e internacional
La OIT mantiene una relación de colaboración estrecha con las organizaciones sindicales.
5-Representación de los trabajadores.
Representación de todos los trabajadores
Art. 129.2 CE y Título II ET
Comités de empresa
Delegados de personal
Representación de los afiliados
Arts. 7 y 28.1 CE y LOLS
Secciones sindicales
Delegados sindicales
Según el art.61 del E.T. y de conformidad con lo establecido en el art.4 de la misma ley y sin perjuicio de otras formas de participación, los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa a través de los órganos de representación existentes, que son los sindicatos y la representación unitaria.
- Los trabajadores tienen derecho a reunirse en asamblea.
- El empresario esta obligado a facilitar el centro de trabajo.
- Siempre fuera de las horas de trabajo.
8-Sindicatos mas representativos.
Hay dos ámbitos:
Ámbito estatal: mínimo el 10% de los delegados de personal y de los miembros del comité de empresa de todo el Estado.
Ámbito autonómico: mínimo con el 15% de los delegados de personal y de los miembros del comité de empresa en cada comunidad y 1500 representantes.
9-Asociación empresariales.
Dos ámbitos: 10% de los empresarios 15% de los empresarios.
Asociaciones más relevantes
-Ámbito estatal: CEOE, CEPYME
-Ámbito autonómico: CIERVAL, COEPA
10- Algunas competencias de los sindicatos y asociaciones empresariales mas representativos.
- Negociación colectiva.
- Participar como interlocutores en la determinación de las condiciones de trabajo en las Administraciones públicas.
- Llevar a cabo la representación ante las Administraciones públicas.
- Según el número de afectados:
Individuales: Enfrentan a un trabajador y a un empresario.
Colectivos: Enfrentan a un grupo de trabajadores con un empresarios o varios empresarios.
- Según la materia que origina el conflicto:
Jurídicos: Surgen al interpretar una norma.
De intereses: Tratan de revisar o sustituir una norma.
12. Formas de exteriorizar un conflicto
- Sin suspensión del trabajo:
-Manifestaciones.
-Trabajo lento.
-Concentraciones.
-Encierros.
-Información: Pancartas, octavillas, anuncios, carteles, etc.
- Con suspensión del trabajo:
-Huelga (trabajadores)
-Cierre patronal (empresario)
13.La huelga
- Legales
- Ilegales: Rotatorias, Políticas, a la Japonesa y de soliradidad
– Trabajadores
– Comités de empresa
– Delegados de personal
– Sindicatos más representativos
2. Comunicación por escrito.
– Autoridad laboral
– Empresario
3. Preaviso.
– 5 días
– 10 días si se trata de servicios públicos( servicios mínimos)
4. Comité de huelga.
– Máximo 12 trabajadores elegidos por sus compañeros.
14. Solución de conflictos laborales
Por Conciliación: Las partes llegan a un acuerdo con intervención de un tercero que no propone soluciones. Requisito previo que se realiza en el SMAC.
Por Mediación: Las partes designan un mediador que ofrezca propuestas para solucionar las diferencias.
Por Arbitraje: Las partes se someten a la decisión vinculante de un árbitro cuya decisión (laudo arbitral) es de obligado cumplimiento.
- De solidaridad.
- Contrarias a la ley.
- Políticas.
Seguridad Social PARTE III.
Seguridad social: Sistema público de protección a las personas que cotizan por diversas contingencias.
Prestaciones:
1. Asistencia sanitaria
2. Gastos de farmacia
3. Prestación por incapacidad temporal
- Enfermedad común 60%BR
- Accidente y enfermedad profesional 75%
5. Incapacidad permanente o invalidez permanente.
- Invalidez parcial 33% de discapacidad
- Invalidez total 55% de la BR
- Invalidez absoluta se cobra el 100% BR
- Gran invalidez 150% de la BR
7. Orfandad
8. Desempleo
- Prestación
- Subsidio